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Con los anuncios de heladas y nieve, finalmente cumplidos en algunos puntos de la ciudad, se había especulado sobre alguna determinación de autoridades educativas por una eventual suspensión de clases en el distrito. Nada de eso pasó, pero frente a la continuidad de estas condiciones muy adversas llegó el aviso gremial para que los directivos de escuelas sean quienes tomen esa decisión si la creen necesaria.

Desde el Sindicato Único de Trabajadores de la Educación de Buenos Aires (Suteba) se publicó en redes sociales que está vigentes y son aplicables los artículos 195 y 196 del Reglamento General de Instituciones Educativas.

El primero de ellos enfoca en su apartado 2 las pautas para suspensión de actividades. Allí enumera una serie de situaciones que quedan a consideración de autoridades. Entre ellas menciona puntualmente, en el inciso D, que podrán suspender clases “cuando lo exijan factores climáticos, sanitarios, edilicios u otros que impliquen riesgos
para el alumnado, personal docente y no docente o confi guren una emergencia, a nivel
local, distrital o regional”.

Semejante medida pude ser dispuesta, aclaraón por el director o directora “cuando afecte solo a su establecimiento, dando cuenta inmediata de la decisión a sus superiores”. También puntualiza que la suspensión podrá ser parcial respecto al turno y matrícula.

Y en cuanto al Artículo 196°, se deja establecido que en los casos de suspensión de actividades por parte de director o directora, será este responsable quien “dará cuenta inmediata de la decisión a sus superiores”. Esa suspensión, dice el reclamento, podrá ser parcial respecto de turno y matrícula, en el marco del Plan de prevención del riesgo.

La noticia Suteba advirtió que directivos pueden suspender clases en escuelas a su cargo por el intenso frío se publicó primero en AHORA Mar del Plata.