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La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una polémica resolución de la Cámara Federal de Casación Penal que había anulado la condena dictada en Mar del Plata contra un hombre de 69 años, sentenciado a ocho años de prisión por trata de personas con fines de explotación sexual. Con la firma de la mayoría de sus integrantes, el Máximo Tribunal declaró la “arbitrariedad” del fallo absolutorio por considerar que omitió pruebas clave producidas en el juicio local y aplicó un sesgo discriminatorio sobre la víctima. De esta manera, la justicia nacional respaldó lo actuado en los tribunales marplatenses y ordenó dictar una nueva sentencia con perspectiva de género.

Los hechos analizados por la justicia se iniciaron en 2014, cuando el acusado conoció en San Miguel de Tucumán a la víctima, una joven que en aquel momento tenía 25 años. A través de engaños y valiéndose de la extrema vulnerabilidad social de la mujer, el agresor inició un proceso gradual de captación para trasladarla a la provincia de Buenos Aires. Tras un primer viaje de prueba a la zona atlántica, la joven volvió a ser llevada al Partido de la Costa en 2015, donde comenzó una etapa de cautiverio, aislamiento y sometimiento continuo.

Durante su estadía en el litoral bonaerense, la víctima fue obligada a prostituirse en distintas localidades como Santa Teresita, Mar de Ajó y San Bernardo bajo constantes amenazas, amedrentamiento y la administración de psicofármacos para anular su capacidad de resistencia. La pesadilla finalizó en noviembre de 2015, cuando la joven logró escapar en un descuido y pidió auxilio al 911 en la playa. Tras el rescate, la investigación judicial quedó bajo la órbita de la jurisdicción federal de Mar del Plata para juzgar los delitos territoriales cometidos en la región.

En 2018, el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, a través de un juzgado unipersonal a cargo del juez Mario Portela, condenó al acusado a ocho años de cárcel al dar por probada la trama de engaños, amenazas y abuso de vulnerabilidad. Sin embargo, la Sala III de Casación anuló tiempo después la sentencia marplatense argumentando que la acusación se apoyaba solo en los dichos de la mujer, calificó de “ideológicos” los fundamentos de la condena y avaló argumentos defensivos que tildaban a la víctima de “mentirosa” por haber viajado por sus propios medios.

Frente a esa absolución, el fiscal general Mario Villar y el procurador general interino Eduardo Casal recurrieron a la Corte Suprema en defensa de la sentencia del TOF de Mar del Plata. En su dictamen, la Procuración dejó en claro que Casación desestimó de forma irrazonable la valoración probatoria realizada en los tribunales marplatenses, donde no solo se escuchó el testimonio coherente de la víctima, sino que se ponderaron peritajes psicológicos e informes de profesionales de la salud que asistieron a la joven tras su rescate.

El fallo de la Corte Suprema desnudó las graves falencias de la Cámara de Casación, señalando que fragmentó el expediente para quitarle validez a la acusación. El Máximo Tribunal resaltó que el tribunal revisor omitió pasajes fundamentales de la prueba colectada en Mar del Plata, como la declaración de la oficial de policía que rescató a la joven en San Bernardo, quien relató el momento exacto en que la víctima rompió en llanto al poder apartarse de su captor. Asimismo, criticó que se utilizaran prejuicios sobre la conducta previa de la mujer para justificar la impunidad del agresor.

La decisión de la Corte sienta un precedente determinante para la justicia federal de Mar del Plata y la región en el juzgamiento de crímenes complejos y violencia de género. Al validar los criterios de la Procuración y la actuación del tribunal marplatense, la resolución ratificó la vigencia de tratados internacionales como la Convención de Belén do Pará y las Reglas de Brasilia, recordando que los jueces no pueden recurrir a estereotipos socioculturales para desacreditar a las víctimas de trata.

Con el expediente devuelto al fuero de Casación para que se designen nuevos jueces y se emita un pronunciamiento ajustado a derecho, el caso vuelve a tomar el rumbo fijado originalmente en el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata. Este revés judicial frena el intento de impunidad en un expediente emblemático para la zona atlántica y refuerza la obligación del Poder Judicial de juzgar con perspectiva de género, garantizando que la vulnerabilidad de las víctimas no vuelva a ser desestimada en los tribunales.

Fuente: Fiscales.gob.ar

La noticia Trata de personas: la Corte Suprema dejó firme el fallo del Tribunal de Mar del Plata y frenó la impunidad de un explotador sexual se publicó primero en AHORA Mar del Plata.