Por primera vez, Ecuador puso número a lo que hasta ahora era una zona gris: cuánto tiburón puede caer como captura incidental en sus faenas de pesca. La Subsecretaría de Recursos Pesqueros firmó en Manta, el pasado 6 de agosto, un acuerdo que fija cupos anuales para tres especies: 551 toneladas de tiburón sedoso o mico, 149 de tiburón tinto o mako y 3.624 de tiburón azul. Es la respuesta a una presión internacional que lleva más de dos años sobre el país, pero aún hay cuestionamientos sobre la viabilidad de la medida considerando el ecosistema, cada vez más frágil, para los tiburones.

Ecuador arrastra desde 2024 una recomendación de la Secretaría de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) para suspender el comercio de tiburones y rayas del país, después de que el Comité Permanente lo clasificara entre los Estados que no habían adoptado medidas suficientes para garantizar exportaciones sostenibles. El reclamo de fondo era simple: Ecuador no tenía cupos de captura basados en datos científicos ni un mecanismo confiable para verificarlos.

El nuevo acuerdo intenta cerrar esa brecha, pero el respaldo técnico que sostiene las cifras genera dudas. El documento principal en el que se apoya la Subsecretaría es el informe “Status of shark species captured by Ecuadorian pelagic fishing fleets”, elaborado por consultores independientes junto con el Instituto Público de Investigación de Acuicultura y Pesca (IPIAP) y no ha sido sometido a revisión por pares, según lo reconoció el propio instituto en un oficio de junio de 2025, aunque aclaró que sus estándares metodológicos se consideran técnicamente válidos.

En cambio, un estudio que sí pasó por revisión por pares y se publicó en mayo de 2026 en la revista Regional Studies in Marine Science llegó a una conclusión más alarmante: la mortalidad por pesca ya excede en un 67% el nivel necesario para mantener estables las poblaciones de tiburón sedoso y mako, y plantea que habría que reducir esa mortalidad, no solo ponerle un techo, en 44% y 80% respectivamente, además de tomar medidas de precaución para el tiburón azul. El acuerdo no explica cómo concilia esa recomendación de reducción con las cuotas fijadas.

El control que se basa en el autorreporte

El texto reparte las cuotas entre tres tipos de flota: palangreras industriales, nodrizas industriales y embarcaciones artesanales, y obliga a todas a llevar una bitácora de pesca detallada por cada lance. El problema es quién la llena, pues se trata del propio armador o capitán de la embarcación.

El acuerdo delega el diseño de un sistema real de monitoreo y verificación a la Coordinación General de Tecnologías de Información y Comunicación, pero ese mecanismo todavía está por implementarse, según el propio texto. Para las embarcaciones de cerco atunero que operan sin un observador a bordo obligatorio en todos los casos, la norma se limita a decir que se “articulará” coordinación con programas de monitoreo, sin volverlo un requisito estricto.

Esa dependencia del autorreporte no es un detalle menor si se mira el patrón de tráfico ya documentado en la región. En abril de 2026, la Policía Nacional decomisó cerca de 22.000 aletas de tiburón: 21.897, según el conteo oficial de la Unidad de Protección del Medio Ambiente, en el aeropuerto de Guayaquil. El cargamento, de 75 bultos, estaba declarado como “buche de pescado” y tenía como destino Kuala Lumpur, Malasia; una unidad canina fue la que detectó la carga real oculta en los sacos.

Un año antes, en abril de 2025, otro operativo policial había hallado 15 toneladas de aletas de tiburón y caballitos de mar almacenadas en la bodega de una vivienda en Manta.

La carne que cruza la frontera como “tollo”

El tráfico no se limita a las aletas. Investigaciones periodísticas y fiscales en Perú documentaron, ya desde 2020, el ingreso de troncos de tiburón desde Ecuador camuflados bajo la etiqueta de “carne de tollo”, un pescado legal y de bajo valor, para evadir los controles aduaneros.

Solo entre septiembre y noviembre de ese año, la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Tumbes abrió cinco investigaciones que sumaron más de 24,8 toneladas de carne de especies protegidas por CITES, incluidos tiburón zorro pelágico, tiburón zorro ojón, tiburón martillo y tiburón mako. Para 2024, la policía peruana ya estimaba que hasta 50 toneladas mensuales de troncos de tiburón podían estar cruzando ilegalmente la frontera hacia Chiclayo, donde una red identificada como “Los Tiburoneros” los comercializaba como tollo.

Ese contraste de escala es la pregunta que queda pendiente: si el tráfico de carne y aletas se mueve en decenas de toneladas mensuales por rutas informales, ¿qué tanto puede contener una cuota legal medida en cientos o miles de toneladas anuales, sostenida sobre bitácoras que llena el mismo pescador cuya captura se busca limitar?

Pero el contrabando hacia el exterior no es la única vía de escape del control estatal. Un estudio publicado en Frontiers in Marine Science y analizado por Infobae en febrero de 2026 encontró que casi la mitad del pescado vendido como “corvina” en mercados ecuatorianos correspondía en realidad a carne de tiburón, con una concentración marcada en ciudades andinas: en Quito, Ambato, Ibarra y Cuenca hasta el 66,6% de las muestras analizadas dieron positivo para ADN de tiburón, mientras que en Guayaquil y Manta no se detectó ninguna.

Entre las especies identificadas apareció el tiburón martillo liso, cuya captura y comercialización están prohibidas en Ecuador desde 2020, pese a lo cual se vendía bajo una denominación genérica que impide al consumidor reconocerlo. El propio estudio recuerda que más de 250.000 tiburones se desembarcan cada año en el país bajo la figura de pesca incidental, la misma categoría que el nuevo acuerdo intenta ahora acotar con cupos. Si una parte de esa carne termina rotulada como pescado blanco en mercados que no están sujetos a los controles portuarios ni a las bitácoras de pesca, el cupo fijado en agosto corre el riesgo de medir solo una fracción de lo que realmente circula.

El acuerdo abre además una figura de “entrega voluntaria”: los ejemplares de tiburón retenidos de forma no intencional pueden donarse como carne a entidades públicas o sin fines de lucro, siempre que las aletas se separen y se incineren o se destinen a capacitación. La norma exige un acta de declaración firmada por un responsable autorizado, pero no crea un mecanismo de auditoría independiente para verificar que esa captura fue realmente incidental y no dirigida, una distinción que, a la luz de los antecedentes de contrabando bajo etiquetas falsas, resulta difícil de comprobar en la práctica.

Ecuador logra, con este acuerdo, un avance formal frente a la exigencia de CITES: por primera vez existen números concretos que limitan la captura, incidental de tiburones pelágicos. La pregunta que queda abierta y que las direcciones técnicas del propio ente rector reconocen en sus informes internos como pendiente de evaluación periódica, es si esos números pueden sostenerse frente a una economía ilegal que ya ha demostrado moverse en volúmenes muy superiores a los que la nueva normativa intenta regular.